POLÍTICAS ADMINISTRATIVAS
POLÍTICA 1. Evaluación del riesgo. Se establece que para la determinación y evaluación del riesgo propio, anualmente, se identificarán, evaluarán y mitigarán los riesgos de LC/FT/FPADM.
POLÍTICA 2. Surgimiento de nuevas tecnologías, nuevos productos y nuevas prácticas comerciales. Se identificarán, evaluarán y mitigarán los riesgos de LC/FT/FPADM, previo al lanzamiento de nuevos productos, prácticas comerciales, canales de distribución o el uso de tecnologías nuevas o en desarrollo y el uso de activos virtuales.
POLÍTICA 3. Conocimiento del Cliente. Se identificará a todos los clientes, habituales u ocasionales, personas físicas y/o jurídicas; al inicio o durante la relación comercial cuando el cliente solicita uno de nuestros productos o servicios por medio del documento de identificación válido.
POLÍTICA 4. Mantenimiento y disponibilidad de información sobre los registros de transacciones con el cliente. Se custodiará la información de nuestros clientes y se conservará, durante la relación comercial y hasta cinco años posterior a la finalización de la relación en nuestros archivos confidenciales. Cuando el Oficial de cumplimiento o Persona de enlace haya reportado alguna operación sospechosa a la UIF, los plazos de conservación de la documentación se duplicarán.
POLÍTICA 5. Clasificación de riesgo de los clientes. Se asignará una categoría de riesgo a cada cliente habitual mediante el procedimiento de clasificación de riesgo para lo cual se utilizará el formulario "Conozca su cliente”.
POLÍTICA 6. Clientes de riesgo alto. Se aplicarán medidas de debida diligencia reforzada durante la relación comercial a los clientes habituales catalogados de Alto Riesgo, mediante revisiones periódicas en listas internacionales, verificaciones de la razonabilidad de las transacciones y el origen de fondos, así como verificación de la actividad comercial, entre otros aspectos.
POLÍTICA 7. Personas expuestas políticamente (PEP). Se identificará al inicio o durante la relación comercial a los clientes catalogados como PEP por medio de la aplicación del formulario "Conozca su cliente", en el caso de clientes habituales y para los clientes ocasionales.
POLÍTICA 8. Personas jurídicas extranjeras. Se validará que los clientes habituales personas jurídicas extranjeras sean entidades constituidas y registradas en su país de origen de forma nominativa, permitiendo identificar el nombre del titular o propietario.
POLÍTICA 9. Clientes designados en listas de organismos internacionales. Se verificará si nuestros clientes se encuentran designados en alguna lista de organismos internacionales, al inicio de la relación comercial y cuando el cliente realice una nueva transacción y hayan transcurrido 6 meses desde la última transacción.
POLÍTICA 10. Relaciones comerciales y transacciones con personas físicas o jurídicas e instituciones financieras domiciliadas en países catalogados de riesgo por organismos internacionales. Se identificará las relaciones comerciales y/o transacciones de nuestros clientes con países catalogados de riesgo por organismos internacionales en materia de LC/FT/FPADM, o cuando los fondos utilizados en la transacción, por instrucciones de nuestro cliente, sean enviados o recibidos, hacia o desde los países antes mencionados. Aplica para aquellos sujetos que realicen transacciones de nuestros clientes con otros países, cuando el cliente nos solicita un producto o servicio.
POLÍTICA 11. Registro, control y remisión de los reportes por operaciones únicas, múltiples, transferencias, remesas u otros tipos de transacciones. Se registrará en un formulario debidamente confeccionado todas las transacciones de ingreso o egreso únicas en efectivo, cuando se reciba o se le entregue dinero en efectivo (billetes y/o monedas) al cliente, en una única transacción, por un monto igual o superior a los US$10.000,00.
POLÍTICA 12. Detección, análisis y reporte de operaciones sospechosas a la UIF del ICD, incluyendo los intentos de realizarlas. Se identificará y registrará operaciones inusuales, sospechosas e intentadas en una base de datos, registro o sistema que se implementará para lograr una debida diligencia.
POLÍTICA 13. Confidencialidad cuando se está entregando a la UIF del ICD un reporte de operación sospechosa o información relacionada. Se establecerán controles y medidas para mantener la confidencialidad de la identidad de personas que hayan intervenido en el proceso de detección, análisis y reporte de una operación inusual y/o sospechosa; así como la identidad del cliente reportado en una operación sospechosa.
POLÍTICA 14. Monitoreo de las transacciones de los clientes. Se realizará un proceso de monitoreo continuo, según la categoría de riesgo de nuestros clientes habituales y/o cuando se detecte que el perfil no es congruente con lo declarado al inicio y durante la relación comercial.
POLÍTICA 15. Desarrollo de programas de capacitación. Se capacitará en materia de prevención del riesgo de LC/FT/FPADM, al menos una vez al año.